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Privados gastarán $us300 millones para abonar alza salarial y
retroactivo 2019

  15 de mayo de 2019

Según el Centro Boliviano de Estudios Económicos de la Cainco, el costo de la planilla laboral subirá un 3%. El Gobierno reglamentó que el pago de retroactivo es hasta el 31 de este mes, tanto para los funcionarios públicos como para los obreros del sector privado

Concretada la reglamentación para el pago del retroactivo, producto de incremento salarial (3% al Salario Mínimo Nacional y un 4% al haber básico), de acuerdo con el Centro Boliviano de Estudios Económicos (Cebec) de la Cainco, el sector privado deberá desembolsar $us 300 millones -en una suma total de ambos ítems- para cumplir con la norma que tiene como plazo fatal el viernes 31 del presente mes.

Desde el Cebec calcularon que con los nuevos porcentajes de incremento tanto para el SMN como para el haber básico, el costo de la planilla laboral tendrá un aumento de un 3%, valor que, a criterio de Víctor Hugo Figueroa, expresidente del Colegio de Economistas de Bolivia, generará problemas, especialmente, a las micro, pequeñas y medianas empresas, que desde su punto de vista tendrán problemas para tener la suficiente liquidez para poder cumplir con la norma.

La Cainco detalló que desde hace cuatro años las ventas empresariales están en el mismo nivel, a diferencia del periodo 2005-2015 cuando el sector registro un crecimiento de un 11%.

Desde el Cebec indicaron que para cumplir con la actual norma las utilidades de las empresas deberían ser de un 5% y los ingresos por las ventas realizadas tendría que registrar un aumento de un 2,5%.

Al respecto, Figueroa remarcó que con la actual desaceleración de la economía nacional lograr estos porcentajes no son reales por lo que el Gobierno debería tomar muy en cuenta esta situación a la hora de definir el incremento salarial.

Desde la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), su presidente Luis Barbery, afirmó que la decisión asumida pone en apuro al sector porque se había solicitado un diferimiento de 60 días. A su juicio, aparentemente un 4% no es mucho, pero para los microempresarios es un porcentaje alto que, con seguridad, los pondrá es una situación muy complicada para poder cumplir el pago en los plazos establecidos y no ser sancionados por el Gobierno.

El presidente de la Confederación Nacional de Micro y Pequeños Empresarios (Conamype), Germán Canaviri, lamentó que no se haya ampliado el plazo del pago del retroactivo para su sec-tor y declaró que en un ampliado nacional, analizarán el tema para tomar una decisión conjunta.

La reglamentación

El ministro de Trabajo, Milton Gómez, indicó que la Resolución Ministerial No.425/19 determina que el pago del retroactivo debe efectuarse hasta el 31 de este mes de forma general.
Gómez explicó que se emite el reglamento para que se cumpla el incremento del haber básico y el 3% del SMN cuyo monto queda establecido en Bs 2.122.

La autoridad precisó que para aplicar el incremento se debe establecer un convenio colectivo a suscribirse entre las partes y que de existir la posibilidad de mejorar el alza salarial determinado por Gobierno, Gómez dijo que se podrá hacer, porque, a su criterio, las operaciones son diferentes en el sector privado, por el tamaño y porque la economía de cada empresa varía.

El reglamento detalla que en el caso del aparato estatal, el presidente, vicepresidente y ministros no tendrán un incremento al salario que perciben, mientras que en el caso de los gerentes, subgerentes, directores generales, directores o subdirectores ejecutivos en el ámbito privado, la empresa en la que desempeñan sus labores no está obligada a realizar dicho aumento salarial.

A su vez, el viceministro de Trabajo y Previsión Social, Héctor Hinojosa, indicó que el reglamento del incremento salarial para el sector privado establece que la base es el 4%. “De tal modo que si las empresas pueden dar más del 4%, tienen esa posibilidad de hacerlo, tanto en el sector fabril como en el sector minero, esa es la base para discutir”, dijo Hinojosa.

La autoridad añadió que la reglamentación es de cumplimiento obligatorio a través de un convenio colectivo, el mismo que debe presentarse hasta el 30 de junio para todos los sectores, mientras que los mineros tendrán plazo hasta el 30 de julio. Eso son los plazos.

El viceministro volvió a remarcar que el pago del retroactivo se debe efectuar hasta el 31 de mayo, no solo en el sector privado, sino también en el estatal.

“Lo ideal es que el convenio colectivo esté definido hasta esa fecha, y que permita efectuar el pago retroactivo, generalmente todas estas empresas logran en mayo estos convenios y de no hacerlo, obviamente postergan el convenio, pero sobre el 4 % ya hacen el incremento retroactivo”, aclaró la autoridad, que subrayó que el pago del retroactivo debe cubrir enero, febrero, marzo y abril.

La lectura de la COB

Sobre la alza salarial en la minería estatal, Hinojos sostuvo que se aplicará dentro de los términos previstos para las empresas públicas, ya que éstas tienen un tratamiento especial que será determinado por el Ministerio de Economía, debido a que deben demostrar su rentabilidad y sostenibilidad para establecer el aumento salarial.

Sobre el tema, Vitaliano Mamani, dirigente de la Central Obrera Boliviana (COB), señaló que el Comité Ejecutivo Nacional del ente matriz de los trabajadores se encuentra analizando los alcances del incremento en el sector público, pues el mismo debe llegar a todas las empresas.

“Siempre, el Gobierno ha manejado la idea de que hay sectores que no tienen utilidades y por tanto, no van a tener un incremento salarial. Pero lo que habíamos negociado en la Mesa Económica, era que el incremento debe ser para todos los sectores público y privado. Esperemos que la reglamentación alcance a todos”, manifestó a tiempo de recordar que en la elaboración del documento no han participado, por lo que podrán hacer cualquier observación en caso de que la redacción de la resolución ministerial no los deje conformes.







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