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Procuraduría asumirá defensa del Estado en nuevo arbitraje

  14 de agosto de 2018

El Ministro de Economía afirmó que el BBVA exigió una compensación demasiado elevada. Asimismo, dijo que los aportes de los trabajadores no están en riesgo.

A pesar de que Bolivia dejó el Centro de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) en 2007, el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) interpuso una demanda ante esta instancia internacional por la salida de la AFP Previsión, y la Procuraduría General del Estado anunció que asumirá defensa.

Mientras, el Ministerio de Economía dijo que los aportes de los trabajadores no están en riesgo.

“Estamos tomando todos los recaudos y previsiones que se tengan que hacer para llevar adelante la defensa de los intereses del Estado boliviano de la mejor manera. En ese sentido se contratarán los servicios especializados que sean necesarios”, afirmó ayer el procurador general del Estado, Pablo Menacho.

Explicó que la solicitud del BBVA se realizó el 1 de agosto en el marco del tratado de protección de inversiones entre Bolivia y España (“Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República de Bolivia y el Reino de España”), suscrito el 29 de octubre de 2001 y ratificado mediante Ley 2360, de 7 de mayo de 2002, ambos durante la gestión del entonces presidente Jorge Tuto Quiroga.

Tomando en cuenta que el 3 de noviembre de 2007 se hizo efectivo el retiro de Bolivia del convenio internacional que creaba el CIADI (Convenio CIADI), el BBVA ha solicitado que la controversia se resuelva mediante la utilización del mecanismo complementario del CIADI.

La demanda, el 1 de agosto

“El día 1 de agosto la empresa ha presentado una solicitud de arbitraje en contra del Estado y lo hizo en el marco de mecanismo complementario de CIADI. ¿Qué quiere decir esto? que toda vez que Bolivia se retiró de este convenio, el mismo ya no aplica a controversias en contra del Estado, que ya no puede ser demandado con base a convenio”, subrayó el Procurador.

Añadió que con este mecanismo el CIADI sólo actuará como entidad administradora del procedimiento arbitral.

Sin embargo, aclaró que no depende de Bolivia aceptar o no el inicio de arbitraje, eso se discutirá una vez que se defina si el tribunal tiene jurisdicción o competencia en el caso.

Menacho sostuvo que con el traspaso de los fondos de pensiones a la Gestora Pública, sólo se cumplió con el mandato de la Constitución Política del Estado (CPE) que en su artículo 45, párrafo VI, dispuso que “Los servicios de seguridad social pública no podrán ser privatizados ni concesionados”.

En virtud a esa disposición, mediante Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, artículo 147, se creó la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo para la administración del sistema integral de pensiones.

Cuando se le consultó quién es el responsable de que se hubiese iniciado este nuevo laudo, Menacho remarcó que “no se puede hablar de responsabilidades porque lo que se ha hecho es cumplir con lo que establece la Constitución y la ley”.

El ministro de Desarrollo Rural, César Cocarico, afirmó que las empresas que se consideren perjudicadas por el Estado tienen derecho a acudir a instancias internacionales. “Somos suscriptores de diferentes convenios relativos en este aspecto. Todas las empresas que se sienten perjudicadas pueden acudir a esta instancia de arbitraje dentro del cual tenemos que demostrar las razones por las cuales hemos obrado y la empresa también tendrá que mostrar cuál es el daño que tiene”, puntualizó.
 
Punto de Vista
Karen Longaric Prof. Derecho Internacional


“Los tratados aún protegen inversión”

El procedimiento bajo el mecanismo complementario no está regulado por el convenio del Centro de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), se aplica a la solución de controversias de carácter jurídico que no surgen directamente de una inversión, pero que involucran a un Estado parte o a un nacional cuyo Estado es parte contratante.

Este mecanismo se activa con la autorización de la secretaría del CIADI.

El contrato de administración de los fondos de pensiones con el BBVA se firmó en enero de 1997 y el tratado bilateral entre Bolivia y España se suscribió el año 2001. El país ibérico es Estado contratante de ese Centro.

El tema es un poco complejo, pero lo cierto es que esta controversia que ha surgido entre el Estado boliviano y el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) -que no deriva de una inversión- podría ser administrada por la Secretaría del CIADI, aplicando algunas reglas de su reglamento.

Estos tratados bilaterales de inversión que suscribió Bolivia en la década del 90 tienen una duración de entre 10 y 20 años. No obstante que el Estado ya los denunció todos, estos tratados aún están protegiendo inversiones que se realizaron con anterioridad a la renuncia. Es decir que estos convenios siguen protegiendo las inversiones que se suscribieron dentro del plazo de vigencia.
 
En el caso del tratado bilateral suscrito entre España y Bolivia hay una cláusula ultractiva de una protección de 10 años a partir de la denuncia que realiza un Estado.

Supuestamente este convenio bilateral ha tenido que ser denunciado en 2013 o en 2014, por lo que si se le suman estos 10 años, hay una protección hasta 2024.

Por lo tanto, difícilmente el Estado Boliviano puede sustraerse de la protección que estos tratados internacionales dan a la inversión extranjera, que fue contratada con anterioridad a la fecha de conclusión de dichos tratados suscritos por el país.







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