Para jubilar a los primeros 8.000 choferes que ya cumplieron la edad de 60 años, se requerirán al menos 5,8 millones de bolivianos mensuales, según estimaciones de la renta que se pagará a este sector.
El presidente Evo Morales promulgó el pasado viernes el Decreto Supremo 3578 que crea el Fondo Complementario de Jubilación del Transporte Público, que será financiado con el aporte voluntario de los choferes por cada compra de litro de diésel, gasolina y Gas Natural Vehicular (GNV), en las estaciones de servicio.
El secretario ejecutivo de la Confederación de Choferes de Bolivia, Ismael Montes, informó que en principio hay 8.000 personas que se jubilarán y que ya tienen 60 años cumplidos.
Los recursos para pagar rentas a este grupo salen del aporte que realizarán todos los afiliados a la confederación. “Vamos a hacer un colchón financiero y hasta fin de año tendremos los aportes correspondientes y de torta general se sacará una parte para comenzar a pagar a los compañeros que ya tienen más de 60 años”, explicó el dirigente.
El Decreto 3578 señala que la base de datos inicial del fondo está conformada por 82.682 personas afiliadas al sector. La renta solidaria del transportista aprobada por la norma es de 725 bolivianos, monto que podrá ser revisado por el Órgano Ejecutivo cada tres años en función a nuevos estudios técnicos y financieros que se realicen.
El analista Alberto Bonadona dijo que este esquema es un sistema de reparto simple en el que los trabajadores activos aportan para la jubilación de los que ya cumplieron la edad de retiro.
En ese sentido, para comenzar a pagar las rentas al grupo inicial de 8.000 choferes jubilados, el fondo necesita garantizar al menos 5,8 millones de bolivianos mensuales.
“Si se logra recaudar eso, el esquema puede perdurar siempre, pero suponiendo que cuando necesiten más, se subirá el aporte voluntario. En el tiempo el número de jubilados crecerá y se debe evaluar si los recursos alcanzan, de modo que no se convierta en una carga para el Estado que es los que ocurre con este tipo de fondos. Si se vuelve insolvente, el porcentaje de aporte tendrá que subir”, advirtió.
El decreto estipula la retención de 0,64 bolivianos por litro de gasolina, mientras que en el caso del diésel el aporte será de 0,31 bolivianos por litro y para los coches a GNV de 0,80 bolivianos por metro cúbico.
Alcances del Decreto Supremo 3578
Disposición Las estaciones de servicio serán agentes de retención de aportes y deben depositar los recursos en un plazo de 10 días del mes siguiente de retención.
Fondo En un plazo de hasta cinco días del plazo fijado la Gestora Pública procederá a verificar que se cuente con los recursos suficientes.
Plan Sólo cuando los recursos sean iguales o mayores al mínimo requerido, la Gestora procederá al pago de la renta y acreditar aportes.
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