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Para jubilar a 8.000 choferes se requerirán Bs5,8 millones/mes

  05 de junio de 2018

Para jubilar a los primeros 8.000  choferes que ya cumplieron la edad de 60 años, se requerirán al menos  5,8 millones de bolivianos mensuales, según estimaciones de la renta que se pagará a este sector.

El presidente Evo Morales promulgó el pasado viernes  el Decreto Supremo 3578 que crea el Fondo Complementario  de Jubilación del Transporte Público, que será financiado con el aporte  voluntario  de los choferes por cada compra de litro de  diésel, gasolina y Gas  Natural Vehicular (GNV), en  las estaciones de servicio.

El secretario ejecutivo de la Confederación de Choferes de Bolivia, Ismael Montes, informó que en principio hay 8.000 personas que se jubilarán y que ya tienen 60 años cumplidos.

 Los recursos para pagar rentas a este grupo salen del aporte que realizarán todos los afiliados a la confederación. “Vamos a hacer un colchón financiero y hasta fin de año tendremos los aportes correspondientes y de torta general se sacará una parte para comenzar a pagar a los compañeros  que ya tienen más de 60 años”, explicó el dirigente.

El Decreto 3578 señala que la base de datos inicial del  fondo está conformada por 82.682 personas afiliadas al sector. La renta solidaria del transportista aprobada por la norma es de 725 bolivianos, monto que podrá ser revisado por el Órgano Ejecutivo cada tres años en función a nuevos estudios técnicos y financieros que se realicen.

El analista Alberto Bonadona  dijo que este esquema es un sistema de reparto simple en el que los trabajadores activos aportan para la jubilación de los que ya cumplieron la edad de retiro.

En ese sentido, para comenzar a pagar las rentas al grupo inicial de 8.000 choferes jubilados, el fondo necesita garantizar al menos 5,8 millones de bolivianos mensuales.
 
“Si se logra recaudar eso,  el esquema puede perdurar siempre, pero  suponiendo que cuando necesiten más,  se subirá el aporte voluntario. En el tiempo el número de jubilados  crecerá y se debe evaluar si los recursos alcanzan, de modo que no se convierta en  una carga para el Estado que es los que ocurre con este tipo de fondos. Si se vuelve insolvente,  el porcentaje de aporte  tendrá que subir”, advirtió.

El decreto estipula   la  retención de  0,64 bolivianos por litro de gasolina, mientras que en el caso del diésel el aporte  será de  0,31 bolivianos por litro y para los coches a  GNV de 0,80 bolivianos por metro cúbico.
 
Alcances del Decreto Supremo 3578

Disposición  Las estaciones de servicio serán agentes de retención de aportes y deben depositar los recursos en un plazo de 10 días del mes siguiente de retención.
 Fondo En un plazo de hasta cinco días del plazo fijado la  Gestora Pública procederá a verificar que se cuente con los recursos suficientes.
 Plan Sólo cuando los recursos sean iguales o mayores al mínimo requerido, la Gestora  procederá al pago de la renta   y acreditar aportes.







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