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Faltan 3 instancias para consolidar fallo y víctimas ya hablan de dinero

  05 de abril de 2018

Si bien el jurado declaró responsables al expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada y su exministro Carlos Sánchez Berzaín por ejecuciones extrajudiciales de ocho víctimas de las luctuosas jornadas de octubre de 2003, esta sentencia aún no se consolidó, pues el juez James Cohn puede invalidar o modificarla y luego el caso puede ser llevado a un Tribunal de Apelaciones en incluso llegar hasta la Corte Suprema de EEUU. Boletín de noticias Recibe todos los días los principales titulares de lostiempos.com, directamente por correo. Suscríbase ahora ¡Suscribase! Nombres: * Apellidos: * Teléfono/Celular: * Correo electrónico *

El abogado de las víctimas, Rogelio Mayta, explicó que el veredicto del jurado como manifestación y criterio de un conjunto de ciudadanos que han sido convocados para hacer justicia es invariable y no puede ser modificado como evaluación y valoración de los hechos. Dijo que, con la apelación, lo que trata de sostener la defensa de Goni es que el criterio al que ha arribado el jurado en su veredicto es inconsistente legalmente, vale decir que el jurado no aplicó la norma como correspondía al emitir su fallo.

“Esta prerrogativa (del juez) existe en su legislación (de EEUU) para evitar absurdos jurídicos que pudieran darse excepcionalmente en las decisiones que pudieran tener en el jurado”, mencionó, pero aseguró que “es una situación que se da en muy pocos casos” y que una decisión de ese tipo, en la que el juez cambia la decisión del jurado, es “excepcional “en la justicia de EEUU.

Fuentes que siguen el caso en EEUU aseguraron a Los Tiempos que el juez, según la regla 50 del Código de Procedimiento Federal Civil, puede cambiar el fallo y llamar a nuevo juicio o radicar el fallo de la corte. En este sentido, el juez puede ratificar el fallo, revocarlo o llamar a un nuevo jurado o sacar su propia sentencia.

Para el abogado de las víctimas Thomás Becker “es muy difícil” que el juez James Cohn pueda cambiar la decisión del jurado que declaró responsables a Goni y su ministro. “El juez está pensando en cómo aplicar la ley, pero es raro que esto pase, pero es muy raro que cambie la decisión de algún jurado”, dijo a Cadena A. “Pueden apelar, pero van a perder”, aseveró. Sin embargo, aclaró que en caso de que los sentenciados no paguen el resarcimiento de 10 millones de dólares fijados por el jurado, las dos exautoridades podrían ir a la cárcel.

Mayta explicó que el juez recibirá los alegatos de las partes para ver si hubo inconsistencias y el 4 de mayo habrá audiencia.

¿Y los 10 millones?

En tanto, el presidente de la Asociación de víctimas de Octubre Negro, Patricio Quispe, dijo que existe un convenio interno para repartir el dinero del juicio entre las 64 víctimas de la Guerra del Gas.

“Hemos firmado un convenio con nuestros abogados. El dinero que se cobre tiene que ser distribuido entre las 64 familias que conforman la Asociación y también, de esa plata, seguro va a salir los honorarios de los abogados, que no es poco y tampoco conocemos cuándo será, pero eso lo conversaremos más adelante”, remarcó.

En tanto, una de las víctimas, Justino Quispe, dijo a Urgente.bo que pidió a los ocho familiares que ganaron el juicio que puedan “ser incluidos en la repartición de ese dinero”.

Sin embargo, el abogado Mayta dijo que es “muy prematuro” hablar de la repartición de un dinero “que aún no existe” porque todavía hay “un largo camino por recorrer hasta consolidar la sentencia”. Mayta aclaró que si bien hay acuerdos internos entre la asociación de víctimas , “ellos tienen la suficiente madurez para tomar decisiones” y aseguró que los abogados bolivianos que trabajaron en el caso “no recibieron ni un solo centavo”, y que el objetivo central era encontrar justicia, objetivo que, aseguró, fue cumplido con el veredicto del martes.

 

DATOS

Fallo y extradición son “caminos separados”. Mayta dijo que el veredicto del jurado y la extradición no tienen ninguna relación, aunque el Gobierno podría usar elementos del fallo para acelerar este pedido.

Canciller: Se cumplen requisitos de extradición. El canciller Fernando Huanacuni aseguró que tras el fallo contra Goni y Sánchez Berzaín, corresponde la extradición porque Bolivia ha cumplido con todos los requisitos de los protocolos bilaterales.

Fiscalía dice que sentencia favorece. El fiscal superior, José Manuel Gutiérrez, dijo que la sentencia contra Sánchez de Lozada y el exministro de Defensa facilitará la solicitud de extradición de ambas exautoridades.

Víctimas de la Guerra del Gas ven esperanza. El veredicto abrió la esperanza de justicia para las víctimas de octubre negro, según dijo el presidente de la asociación Octubre Negro, Patricio Quispe.

 

OPINIONES

"Es absolutamente improbable que se modifique la apreciación de los hechos que hizo un jurado que es la opinión del pueblo de EEUU. Juan del Granado. Testigo de las víctimas y exalcalde

"Esta decisión de la justicia norteamericana contra Goni ojalá dé pie para que otras víctimas puedan llevar adelante procesos". Luis Revilla. Alcalde de La Paz

 

ANÁLISIS

Óscar Alba. Director del IDEI

La sentencia se basa en la lucha contra la impunidad

Dicen que el fallo de “responsabilidad civil” en sede judicial norteamericana contra Gonzalo Sánchez y Carlos Sánchez sería un “hito histórico” que alejaría la impunidad sobre la violación de derechos humanos en Bolivia, encontremos el principio o la episteme de tal afirmación y su posible negación:

Si asumimos que la lucha por la vigencia y aplicación eficaz del “Derecho Internacional de los Derechos Humanos” debe ser mundial (universal) y de este modo lograr que desde cualquier tribunal, en cualquier parte del mundo, se responsabilice a los violadores de ese ordenamiento jurídico, tienen mucha razón, pues podemos afirmar que ese sentido se halla basado en el principio de lucha global contra la impunidad o contra la irresponsabilidad de los infractores, sean de la nacionalidad o de la ideología que fueren. Si consideramos que debe defenderse el principio de soberanía jurisdiccional y que cada Estado es inicialmente responsable de los actos o hechos violatorios del derecho (incluidos los derechos humanos) en su territorio, entonces ese fallo sería un “hito negativo”, pues estaría consolidando una línea jurisprudencial para que las cortes norteamericanas o de otros países conozcan y resuelvan casos contra estadistas extranjeros cuando no hayan sido resueltos por los jueces locales o nacionales.

La asertividad de ambas miradas, se halla en la “política judicial” norteamericana, que además de invocar la Alien Tort Statute (Estatuto de Protección de Víctimas de la Tortura) del siglo XIX, se basan en la Ley de “Protección a Víctimas de la Tortura” o como en el precedente caso Kiobel, en la “Ley de Justicia contra patrocinadores del Terrorismo”, todas parte del derecho interno, es decir que existe decisión federal y judicial norteamericana para atribuirse la defensa de los derechos humanos, con todas las consecuencias que ello acarrea.







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