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APS reporta primera sentencia penal por retención de aportes

  17 de mayo de 2017

Redacción central / Cambio

En aplicación a la Ley 065 se dictó la primera sentencia contra el propietario de una empresa minera de Potosí, por apropiación indebida de aportes de los trabajadores al sistema integral de pensiones, informó la directora ejecutiva de la APS, Patricia Mirabal.

El Juzgado Primero de Sentencia de Potosí dictaminó con pena privativa de libertad de cinco años al representante de la empresa Arisur, de Potosí, por no haber depositado los aportes de 80 trabajadores, en el período de febrero a diciembre de 2011, y de enero a junio, y de agosto a diciembre de 2012.

“Tomen en cuenta los malos empleadores que tenemos la primera sentencia penal, la AFP (Administradora del Fondo de Pensiones) apelará para que sea por el mayor tiempo, de 10 años como lo determina la ley”, expresó Mirabal, directora de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), en conferencia de prensa.

Procesos penales
La Ley 065 incorporó varios delitos, y en ese marco la AFP Futuro de Bolivia encara 133 procesos penales y BBVA Previsión 253, que en algún momento terminarán en una sentencia.

Además se llevan adelante procesos coactivos de la seguridad social; en Futuro de Bolivia 5.135 y en BBVA Previsión 5.006 con corte a marzo de esta gestión, lo que suma 10.141 casos que en algún momento derivarán en sanciones penales.

“La Ley 065 está cumpliendo con su objeto, está protegiendo a los trabajadores y haciendo que los empleadores al no cumplir sean sujetos a una sanción penal con privación de libertad”, expresó Mirabal.

Recuperación de aportes
Sobre la mora de aportes, la Directora de la APS indicó que antes de la Ley 065 se habían recuperado por la vía administrativa Bs 161 millones aproximadamente, y en la vía judicial Bs 73 millones. 

Con la antigua Ley de Pensiones 1732 se recuperaron Bs 73,7 millones, y con la nueva Ley 065 se recuperaron en la vía judicial Bs 262,2 millones, que representan un aumento de casi el triple.

Mirabal resaltó que la Ley 065 modifica lo que era proceso ejecutivo a coactivo de la seguridad social, reduciendo el tiempo para su ejecución. Dijo que los empresarios prefieren la vía administrativa que la penal para una solución.

Importante

  • La Ley de Pensiones 065 fue promulgada el 10 de diciembre de 2010.
  • Toda persona puede denunciar a la AFP cuando su empleador no deposita sus aportes.






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