El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) de Perú, aprobó requisitos fitosanitarios para el tránsito internacional por territorio peruano de diversos granos originarios de Bolivia, Estados Unidos, Canadá, México, Alemania, Argentina, Rusia y Ucrania.
A través de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal se establecen las medidas fitosanitarias para el libre tránsito de granos considerados en la CRF 3 (maíz amarillo duro, trigo, maní, café, quinua, entre otros) y productos considerados en la CRF 2.
Entre los requisitos están que el propietario del envío deberá contar con el permiso fitosanitario de tránsito internacional previo al embarque del producto. Los envíos en tránsito por territorio peruano, deben estar contenidos en envases nuevos y de primer uso (excepto para los productos a granel), libres de material extraño al producto.
El (o los) contenedor(es), el (o los) medio(s) de transporte encarpados, que contengan envíos en tránsito internacional por Perú, deben estar limpios.
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